CÁRCEL A CHARLATANES
Avala Corte cárcel a charlatanes La sentencia fue elaborada por el Ministro Arturo Zaldívar.
Aprueban Código Penal de SLP que sanciona a quien lucra explotando preocupaciones, supersticiones o ignorancia de las personas
Aprueban Código Penal de SLP que sanciona a quien lucra explotando preocupaciones, supersticiones o ignorancia de las personas
Ciudad de México (2 junio 2010).- Por primera vez, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró constitucional que la charlatanería sea considerada un fraude y castigada con prisión.
La Primera Sala de la Corte negó hoy un amparo promovido por tres personas acusadas en 2008 de participar en un grupo conocido como los Hermanos Kendall, que se ostentaban como curanderos y obtuvieron casi 600 mil pesos de varias víctimas en San Luis Potosí.
Los Ministros avalaron un artículo del Código Penal de esa entidad, que sanciona a quien para obtener un lucro indebido "explota las preocupaciones, las supersticiones o la ignorancia de las personas, por medio de supuestas evocaciones de espíritus, adivinaciones o curaciones u otros procedimientos carentes de validez técnica o científica".
Los tres acusados, dos mujeres y un hombre, fueron condenados a ocho años de cárcel por una juez de Matehuala.
En su amparo alegaban que la redacción del código potosino era confusa y podía afectar prácticas legítimas como la medicina naturista o la homeopática, así como limitar las creencias espirituales.
Pero la Corte rechazó el argumento.
"El objeto de la prohibición no está enfocado a la práctica espiritual o ideológica en sí misma, sino al engaño fraudulento que se da en la falsa oferta de realizar adivinaciones, evocaciones o curaciones, que tiene como consecuencia un traslado patrimonial al explotar las preocupaciones, supersticiones o ignorancia de la víctima, causándole un detrimento en su patrimonio", dice la sentencia del Ministro Arturo Zaldívar.
Los Hermanos Kendall proporcionaban bebedizos e infusiones a sus "pacientes", a quienes les decían que su dinero "estaba malo" y tenían que deshacerse de él.
La Procuraduría de Justicia de San Luis Potosí acusó a diez personas por este fraude, pero sólo tres fueron declaradas culpables: Felipe Islas Badillo e Isabel y Lucía Martínez.
La condena de ocho años de cárcel fue confirmada en junio de 2009 por el Supremo Tribunal de Justicia del Estado, y en noviembre pasado por el Segundo Tribunal Colegiado del Noveno Circuito.
La Primera Sala de la Corte negó hoy un amparo promovido por tres personas acusadas en 2008 de participar en un grupo conocido como los Hermanos Kendall, que se ostentaban como curanderos y obtuvieron casi 600 mil pesos de varias víctimas en San Luis Potosí.
Los Ministros avalaron un artículo del Código Penal de esa entidad, que sanciona a quien para obtener un lucro indebido "explota las preocupaciones, las supersticiones o la ignorancia de las personas, por medio de supuestas evocaciones de espíritus, adivinaciones o curaciones u otros procedimientos carentes de validez técnica o científica".
Los tres acusados, dos mujeres y un hombre, fueron condenados a ocho años de cárcel por una juez de Matehuala.
En su amparo alegaban que la redacción del código potosino era confusa y podía afectar prácticas legítimas como la medicina naturista o la homeopática, así como limitar las creencias espirituales.
Pero la Corte rechazó el argumento.
"El objeto de la prohibición no está enfocado a la práctica espiritual o ideológica en sí misma, sino al engaño fraudulento que se da en la falsa oferta de realizar adivinaciones, evocaciones o curaciones, que tiene como consecuencia un traslado patrimonial al explotar las preocupaciones, supersticiones o ignorancia de la víctima, causándole un detrimento en su patrimonio", dice la sentencia del Ministro Arturo Zaldívar.
Los Hermanos Kendall proporcionaban bebedizos e infusiones a sus "pacientes", a quienes les decían que su dinero "estaba malo" y tenían que deshacerse de él.
La Procuraduría de Justicia de San Luis Potosí acusó a diez personas por este fraude, pero sólo tres fueron declaradas culpables: Felipe Islas Badillo e Isabel y Lucía Martínez.
La condena de ocho años de cárcel fue confirmada en junio de 2009 por el Supremo Tribunal de Justicia del Estado, y en noviembre pasado por el Segundo Tribunal Colegiado del Noveno Circuito.
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