- La rebelión de Wisconsin
- Marco A. Gandásegui, h.
La forma en que ensuciaron el caso Cassez el secretario de Seguridad Pública, Genaro García Luna, y el jefe de la AFI, Luis Cárdenas Palomino, ya tiene enfrentado a Felipe Calderón con el mandatario francés Nicolas Sarkozy. Y el conflicto puede agravarse: el abogado Frank Berton sólo espera tener en sus manos la ratificación de la sentencia de 60 años de cárcel a Cassez para demandar en su país a los dos mandos policiacos por falsificar documentos judiciales y utilizarlos en el proceso contra su defendida.
PARÍS, 21 de febrero (Proceso).- Desde hace dos años Frank Berton, abogado francés de Florence Cassez, amenaza con demandar ante la justicia de su país a Genaro García Luna y a Luis Cárdenas Palomino; pero hasta la fecha se ha abstenido de hacerlo.
El pasado 14 de enero, después de la reunión del presidente Sarkozy con los padres de la acusada y en la que él también participó, Berton declaró en el mismo patio del Palacio del Elíseo que ya tenía todo listo para emprender una acción judicial contra el secretario de Seguridad Pública y el jefe de la Agencia Federal de Investigación de México.
En entrevista con la corresponsal el miércoles 16, el abogado ofrece más detalles y revela entretelones insólitos del enredo político, diplomático y judicial en el que se enfrascaron los dos gobiernos.
–Ya lleva casi dos años hablando de estas demandas… ¿Ahora va en serio?
–Tenía razones de sobra para hacerlo, pero no quise que estas demandas fueran interpretadas como presión o injerencia en la instrucción del caso de mi clienta. Me abstuve por respeto hacia la soberanía de la justicia mexicana. Pero ahora la situación es distinta.
–¿Es decir…?
–El Séptimo Tribunal Colegiado en Materia Penal del Primer Circuito (en México) acaba de rechazar el amparo de mi clienta. Ya no le queda recurso judicial alguno; su condena es definitiva. Desde el pasado 10 de febrero tengo las manos libres para demandar a estos dos personajes por falsificación de documentos judiciales y uso de estos documentos falsificados, ante el procurador de Justicia de Paris, Jean Claude Marin. El artículo 441- 4 del Código Penal francés considera la falsificación de documentos judiciales como un crimen, lo castiga con 10 años de prisión y una multa de 150 mil euros. Se aplican las mismas penas para el uso de estos documentos falsificados.
Dicho código autoriza a los ciudadanos franceses a demandar a un extranjero por un crimen cometido en su contra en cualquier parte del mundo. Esa demanda debe ser presentada en el Palacio de Justicia de París, ante el procurador general. En caso de que Jean Claude Marin dictamine que la queja es justificada, confiará el expediente a un juez de instrucción que convocará a García Luna y a Cárdenas Palomino para interrogarlos sobre los delitos mencionados en la demanda interpuesta por Berton.
Ya en esta situación, si los acusados no se presentan en el Palacio de Justicia de París, el juez lanzará una orden internacional de detención en su contra mediante la Interpol. Una medida como esa por lo menos impediría que García Luna y Cárdenas Palomino salieran de México.
En tanto, el procurador general, Jean Claude Marin, conoce de sobra el expediente de Florence Cassez porque viajó varias veces a México para tratar el asunto. Su primera estadía en el Distrito Federal fue a principios de 2009 , en vísperas de la visita oficial de Nicolas Sarkozy. Hasta donde se puede saber, Marin entendió que se podía solucionar el problema y envió un mensaje en ese sentido al presidente francés. Pero Florence fue condenada a 60 años de cárcel.
Marin volvió dos veces a México para participar en la Comisión Bilateral encargada de reflexionar sobre una posible aplicación del Convenio de Estrasburgo en este caso. Sus esfuerzos para convencer a sus homólogos mexicanos de autorizar el traslado de Cassez a una cárcel francesa fueron vanos.
–¿A qué se refiere concretamente cuando habla de falsificación de documentos judiciales y uso de estos documentos falsificados?
–Me refiero a la falsificación flagrante del acta de detención de Florence Cassez y al uso de ese documento falsificado como base para lanzar un proceso judicial en su contra y condenarla definitivamente a 60 años de cárcel. El acta de detención que se exhibe está fechada el 9 de diciembre de 2005, pero en realidad mi clienta fue detenida el 8. Viajé a México en agosto pasado para trabajar sobre el amparo que junto con los abogados mexicanos Agustín Acosta y Horacio García interpusimos.
“Nos ayudó mucho analizar el expediente de la demanda que el periodista Pablo Reinah, de Televisa, presentó ante la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (García Luna acusó al reportero de haberle pedido la escenificación de la detención de Cassez y su novio, Israel Vallarta. Reinah fue despedido de Televisa). Sus declaraciones nos permitieron establecer que Florence Cassez fue detenida el 8 de diciembre de 2005, y no el 9 en la madrugada, como siempre pretendieron las autoridades. Lo sabíamos. Es lo que mi clienta repetía.
“Sabíamos también, de la boca misma de García Luna y del procurador Daniel Cabeza de Vaca, que su detención televisiva había sido una mera escenificación. En el video de ese show mediático resulta evidente el papel de realizador de Luis Cárdenas Palomino. Pero nos faltaban elementos claves, que descubrimos en el expediente de Reinah, para determinar el día de la detención de Cassez”.
Berton señala que, a partir de la falsificación de la fecha de su detención, “voy a poder demandar a García Luna y a Cárdenas Palomino en Francia. También figurará en el expediente la violación de los derechos consulares de Florence. Fue detenida el 8, y fue hasta el 9 de diciembre, al final de la tarde, que se avisó a la embajada de Francia”.
Sostiene que detallará “todas las consecuencias que tuvo esta falsificación: la escenificación de la detención es grave y patética, pero judicialmente la falsificación del acta de detención por parte de funcionarios públicos es un delito; Luis Cárdenas Palomino coordinó el operativo y Genaro García Luna validó el acta de detención a sabiendas de que se trataba de un documento falsificado.
“¿Sabe usted con qué argumento el Séptimo Tribunal Colegiado en Materia Penal del Primer Circuito, de México, desechó nuestra acusación de falsificación de la fecha de detención?” –pregunta a su vez.
–¿Cuestionó los elementos que descubrieron en el expediente de Pablo Reinah? –aventura la corresponsal.
–De ninguna forma: admitió la fecha, pero explicó que los policías habían actuado así por causa de fuerza mayor. ¿Y cuál era esa fuerza mayor? Obligar a Florence Cassez y a Israel Vallarta a actuar en un reality show infame.
–¿Qué otros argumentos presentó la justicia mexicana para rechazar el amparo?
–No lo sé.
–¿No leyó el acta oficial, en la que fundamenta su decisión?
–Agustín Acosta lleva seis días esperando ese documento. En vano. Sólo nos enteramos de las motivaciones del Séptimo Tribunal por el cable de la AFP (Agence France-Presse). Florence se enteró de su destino por televisión. Es la primera vez en mi carrera de abogado que me pasa eso. Horacio García y Agustín Acosta no dan crédito... Me urge tener ese documento porque es indispensable para presentar mi demanda ante Jean Claude Marin. Es capital que tenga acceso a los la argumentos que expuso la justicia mexicana para ratificar esa condena a 60 años de cárcel.
“Gracias a la AFP nos enteramos de que la única excusa que encontraron las autoridades policiacas y judiciales para justificar la violación de los derechos consulares de mi clienta fue que se había intentado hablar por teléfono a la embajada y que nadie contestó”.
Sereno al principio de la entrevista, Frank Berton se va indignando conforme responde las preguntas.
–Sé que debo mantener la calma, pero ese caso es realmente surrealista. También necesito tener el texto de la decisión del Séptimo Tribunal para poder hacer llegar a la justicia mexicana mi petición oficial de traslado de Florence Cassez a una cárcel francesa, en aplicación del Convenio de Estrasburgo.
“No entiendo por qué en su rueda de prensa del pasado 14 de febrero el embajador (Carlos de) Icaza se dio el lujo de rechazar ese traslado antes de que yo haya enviado la solicitud. Sólo corresponde a la máxima autoridad judicial mexicana expresarse al respecto, no a un embajador. Y si se vuelve a rechazar el traslado de Florence Cassez, necesito saber con qué argumento se justifica la no aplicación del Convenio de Estrasburgo.
–Pero usted debe conocer estos argumentos porque su solicitud ya fue rechazada en 2009.
–No los conozco. Nunca recibimos notificación oficial escrita que justificara la no aplicación del Convenio de Estrasburgo. Nos enteramos de esa negativa escuchando la declaración de Felipe Calderón al respecto.
“El único documento mexicano que tengo sobre un eventual traslado de Florence Cassez a una cárcel francesa es la carta personal que el presidente Calderón envió al presidente Sarkozy pocos días antes de la visita oficial de éste a México. En esa carta decía que en la hipótesis de que Florence Cassez estuviera condenada, no se opondría a la aplicación del Convenio de Estrasburgo en materia de repatriación. Es el único documento mexicano que tengo con respecto a su traslado”.
–Después de la declaración oficial del presidente Calderón en la que rehusó ese traslado, ¿la Procuraduría General de la República (PGR) no hizo llegar un documento oficial a la justicia francesa o a los abogados de la condenada?
–No. Nunca recibimos explicación escrita sobre esa negativa.
–¿Usted había enviado a las autoridades judiciales mexicanas una solicitud oficial de aplicación del Convenio de Estrasburgo?
–No.
–Entonces es lógico que no haya habido respuesta oficial…
–No estoy de acuerdo. Felipe Calderón se tomó el trabajo de escribir una carta personal a Nicolas Sarkozy para decirle que estaba a favor del traslado; lo mínimo que podía hacer es escribirle otra carta personal para explicarle por qué cambió de parecer.
Cartas presidenciales
El viernes 18, dos días después de la entrevista con Berton, la embajada mexicana en Francia difundió un comunicado de prensa de la Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE) en el que se reitera que Cassez no podrá beneficiarse del Convenio de Estrasburgo y argumenta esa posición. La SRE menciona también una carta enviada al respecto el 22 de julio de 2009 por el presidente Calderón a Sarkozy.
En un segundo encuentro, por la tarde del mismo viernes 18, Frank Berton aclara a la corresponsal:
“Me acabo de enterar de la existencia de esa misiva. El presidente Sarkozy me entrega los documentos que considera oportuno que conozca. Desde esta mañana tengo la traducción al francés del texto. Quisiera precisar, sin embargo, que el presidente Calderón anunció oficialmente que no se trasladaría a Cassez a Francia el 22 de junio de 2009. Lo hizo en una breve alocución televisiva y fue sólo un mes después que escribió al presidente Sarkozy.”
Pero para Berton “la misiva importante” es la que Felipe Calderón envió a Nicolas Sarkozy el 6 de febrero de 2009. “Esa carta fue escrita antes del viaje de Sarkozy a México y antes del segundo juicio de Cassez, que desembocó en una condena a 60 años de cárcel. Fue Calderón quien se refirió primero al Convenio de Estrasburgo.
“El último párrafo (de la carta de Calderón) dice textualmente: En segundo lugar, una vez que la defensa de la señora Cassez Crepin agote los recursos que la ley mexicana le concede y en el caso de quedar firme una sentencia condenatoria, se podrá explorar la aplicabilidad del Convenio sobre Traslado de Personas Condenadas, adoptado en Estrasburgo, Francia, el 21 de marzo de 1983. Este tratado, del cual Mexico y Francia son Estados partes, permite el traslado del sentenciado a su país de origen para cumplir la sentencia, siempre y cuando la señora Cassez Crepin así lo solicite expresamente.
“En otras palabras, el presidente Calderón dijo al presidente Sarkozy: dejemos que la justicia mexicana haga su trabajo, y si Florence Cassez resulta definitivamente condenada, siempre nos quedará un último recurso: el Convenio de Estrasburgo. Fue lo que entendí yo. Fue lo que entendieron las autoridades diplomáticas y judiciales francesas que siguen ese caso. Y, sobre todo, fue lo que entendió el presidente Sarkozy, quien con base en esa carta convenció a Cassez de no apelar su condena a 60 años, obligándola a acatar implícitamente esa condena para poder beneficiarse del Convenio de Estrasburgo”.
–En el comunicado de la SRE difundido hoy en Francia por la Embajada de México se le resta importancia a esa carta y se enfatiza que sólo se habla de “explorar la aplicabilidad” del convenio.
–Es absurdo. ¿Por qué Calderón hubiera tenido el cuidado de referirse ampliamente a un convenio inaplicable en una carta a Nicolas Sarkozy? ¿Cómo se atreve a decir la SRE que el presidente Calderón no hablaba en serio cuando recordaba al presidente Sarkozy la importancia de ese convenio?
–Después de esa última declaración tajante de la SRE, usted sigue con la idea de pedir, esta vez oficialmente, el traslado de su clienta?
–Más que nunca. El único recurso que le queda es el Convenio de Estrasburgo. No me corresponde pedir su aplicación. Es la responsabilidad del Ministerio de Justicia de Francia, que sólo espera que la PGR de México tenga la cortesía de enviarle el juicio emitido por el Séptimo Tribunal Colegiado en Materia Penal del Primer Circuito para entregarle a su vez esa solicitud oficial de traslado de Florence Cassez. No hay paso atrás.
“Dos pesos, dos medidas”
Durante la entrevista del miércoles 16 la corresponsal le comentó a Berton lo insólito de que, en una solicitud de aplicación de un convenio bilateral, los abogados de Florence Cassez o las autoridades judiciales francesas no hubieran hecho llegar a la PGR un documento oficial.
Respondió: “En ese entonces no estábamos todavía en el marco de un litigio judicial. El ambiente era más bien informal. Sarkozy pensaba poder arreglar el asunto con Felipe Calderón y le parecía que la mejor manera de hacerlo era a través del Convenio de Estrasburgo. Desde la Residencia de Francia en México, donde se hospedaba, habló largamente por teléfono con Florence Cassez para convencerla de renunciar al amparo, de acatar su condena a 60 años y de pedir su traslado. Estábamos en busca de solución, un gentleman agreement; en ese contexto estaba fuera de lugar presentar una solicitud oficial. Ahora es distinto. Estamos en pleno litigio judicial. Necesito el acta oficial del Séptimo Tribunal que condena definitivamente a mi clienta para poder presentar a mi vez una solicitud oficial de traslado. El argumento del presidente Calderón y del embajador Icaza es que no existe en Francia una pena de 60 años. Pero tenemos algo peor: cadena perpetua.
–Eso es meramente teórico. Los crímenes por los cuales Florence Cassez está condenada a 60 años en México están castigados por mucho menos años de prisión.
–Está equivocada. No hablamos de la aplicación de una pena por un delito particular; estamos hablando de equivalencia entre penas. Cadena perpetua corresponde ampliamente a 60 años de cárcel para una persona de 36 años.
–Si sigo su razonamiento, la única forma de obtener el traslado de Florence Cassez a Francia sería asegurar que pasara el resto de sus días en la cárcel.
–Así es.
–¿Quién va a creer ese cuento? Cuando Felipe Calderón pone en tela de juicio las condiciones del traslado de Florence Cassez a Francia sugiere que ella pasará un tiempo simbólico en prisión y que luego se beneficiará del derecho de gracia que tiene el presidente francés. Sarkozy lleva tres años afirmando su fe en la inocencia de su compatriota. Es lógico pensar que no la dejará en la cárcel.
–Usted está sugiriendo que Felipe Calderón sospecha que el presidente Sarkozy tiene mala fe. De todos modos las autoridades mexicanas tienen una política de dos pesos, dos medidas. Cuando piden a Estados Unidos el traslado de sus nacionales condenados a muerte, su argumento principal es que en México no existe la pena capital. ¿Dónde está la lógica en todo esto?
Una llamada telefónica interrumpe la plática. Es Florence Cassez, que llama desde la cárcel de Tepepan, en el Distrito Federal. Diez minutos después, Frank Berton retoma la entrevista. Se ve enojada.
“Algunos periódicos mexicanos publican fotos de la vida privada de Florence Cassez que fueron sacadas de su expediente judicial. Es lamentable.
“Según me dice Florence, hay una violenta campaña de prensa contra Francia en México. No estoy en contra de las críticas, pero me interesaría ver también algunas notas sobre les esfuerzos desplegados por Nicolas Sarkozy para lograr un mayor acercamiento entre Francia y México. Fue gracias a Nicolas Sarkozy que Felipe Calderón encabezó con Angela Merkel una importante comisión del G20. Y también fue a iniciativa de Nicolas Sarkozy que en el marco de la Cumbre de Cancún sobre el cambio climático Francia otorgó a México un préstamo de 500 millones de dólares para estimular su política ecológica.
–¿Qué relación tienen estas medidas con el caso de Cassez?
–Demuestran que a Francia no le interesa un conflicto absurdo con México. Sólo busca una solución justa para una de sus ciudadanas, cuyos derechos elementales no han sido respetados.

La sentencia dictada por la jueza Yassmín Alonso Tolamatl contra las revistas Contralínea y Fortuna y contra los periodistas Nancy Flores, Ana Lilia Pérez, Miguel Badillo y el cartonista David Manrique atenta contra el régimen democrático, las libertades de prensa y de expresión, y contra la sociedad misma, considera la doctora en ciencia política Irma Eréndira Sandoval Ballesteros.
La especialista en rendición de cuentas y combate a la corrupción, investigadora en el Instituto de Investigaciones Sociales de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM), señala que la agresión trasciende a los periodistas y a los medios: se trata de una amenaza contra la sociedad en su conjunto.
“Es ominoso el precedente configurado en la sentencia. Es un atentado terrible para la libertad de expresión y el libre ejercicio de los derechos fundamentales”, explica.
El doctor Luis González Placencia, presidente de la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal, advierte que los organismos defensores de derechos humanos harán un acompañamiento puntual y “verificador” del proceso en que se encuentran los periodistas y las revistas.
La jueza 54 de lo Civil del Distrito Federal condenó a Contralínea y a cuatro de sus periodistas a la reparación del daño moral supuestamente cometido contra Blue Marine Technology Group y sus directivos. Según la sentencia –emitida el 3 de enero de 2011–, los reporteros hicieron “uso abusivo de sus derechos de expresión e información” porque el petróleo y las contrataciones y adquisiciones de la paraestatal Petróleos Mexicanos (Pemex) “no son de interés público”. La resolución obliga a no publicar más acerca de los demandantes y a pagarles una indemnización aún no determinada.
Alonso Tolamatl estableció que los periodistas y las revistas deben “restituir el patrimonio moral” a favor de las empresas Blue Marine Technology Group, Arrendadora Ocean Mexicana y Subtec, y de sus accionistas Antonio Juan Marcos Issa, Alfredo Reynoso Durand y Juan Reynoso Durand; todos, contratistas de Pemex.
En septiembre de 2009, los empresarios demandaron, por la vía civil, a las publicaciones y a los reporteros, quienes investigaron y publicaron informaciones de contratos signados entre la paraestatal y las empresas privadas para la renta de buques. Además de los reporteros, los empresarios también acusaron al caricaturista David Manrique –hecho sin precedentes durante los últimos 100 años en México.
Al resolver en primera instancia el juicio civil por daño moral 492/2009, la jueza determinó que los demandados deberán “cesar en forma permanente el abuso indebido y el exceso al derecho a la información y libertad de expresión” en contra de las tres empresas y sus accionistas.
Sergio Méndez y David Peña, abogados de Contralínea, señalan que éste es un acto de censura previa y, por tanto, viola los artículos sexto y séptimo constitucionales.
Las revistas y los reporteros también fueron condenados a reparar económicamente el supuesto daño a los contratistas de Pemex con una “cantidad cuyo monto se cuantificará en ejecución de sentencia, debiendo tomar en consideración para el monto de indemnización los derechos lesionados, el grado de responsabilidad, la situación económica de los responsables y la de las víctimas”.
Alonso Tolamatl estableció que “las licitaciones efectuadas por Pemex no pueden ser consideradas como de interés público, puesto que, en primer término la PETROQUÍMICA (sic) es una rama de la industria que en nuestro país no ha sido desarrollada a gran escala, siendo ésta una rama específica que cuenta con una terminología especial y conocimientos técnicos que el público en general e inclusive la suscrita desconoce”.
Para la jueza, “los expertos en tal cuestión son las empresas dedicadas a la citada rama y, por ende, al carecer de dichos conocimientos no es factible que el público en general tenga interés si sería más conveniente a los intereses de la paraestatal el comprar un buque o rentarlo, dado que dicha cuestión es inherente a la paraestatal”.
Alonso Tolamatl agregó que “la publicación de los artículos no puede ser considerada como información pública”.
En la sentencia contra los periodistas, la jueza desechó los argumentos y pruebas que éstos presentaron, como la Recomendación 57/2009 emitida por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos en septiembre de 2009, en la que acredita el acoso judicial que enfrentan la revista Contralínea y sus periodistas como forma de judicializar y censurar la libertad de expresión.
Además, anuló todos los documentos oficiales, públicos y privados, que los reporteros utilizaron para la realización de sus reportajes y presentaron a lo largo del juicio: informes de la Auditoría Superior de la Federación; boletín sobre la denuncia de hechos presentada por el máximo órgano de fiscalización ante la Procuraduría General de la República en contra de los funcionarios que arrendaron buques a las empresas demandantes; exhorto de la Cámara de Diputados a la Procuraduría General para que concluya una averiguación en contra de las contratistas de Pemex; copias simples de un convenio sindical de la paraestatal, de los informes anuales de la trasnacional Bergesen, dueña de la embarcación El Señor de los Mares, arrendada por Pemex Exploración y Producción; de los reportes de Blue Marine Technology Group, donde se refiere a su labor de intermediario; del análisis Transparency and insider trading in Pemex (La transparencia y la información privilegiada en Pemex).
También omitió valorar la respuesta a la solicitud de información pública 1857200070306 –disponible en la página www.infomex.gob.mx–, en la que consta que Antonio Juan Marcos Issa fue coordinador de asesores de los exdirectores generales de Pemex Rogelio Montemayor Seguy y Raúl Muñoz Leos.
El argumento para desechar las pruebas fue que los periodistas utilizaron “adjetivos e imputaciones al momento de la emisión de los artículos”, como un alias (el Ciego) y menciones, como “existen actos de corrupción”; “se ocultan complicidades y prácticas indebidas para favorecerlos”; “están relacionados con una supuesta red de tráfico de influencias”; “mafia integrada por”; “funcionan como cabilderos o intermediarios y obtienen jugosos contratos”; “cuenta con nexos de funcionario de Pemex y cometió actos de prevaricato”; “utiliza un barco construido en 1980”; “es un mal negocio para la contratista Pemex”. Para la jueza, éstas son “frases insultantes” que configuran el daño moral.
Los abogados de los periodistas interpusieron un recurso de apelación ante la Primera Sala de lo Civil del Poder Judicial del Distrito Federal, integrada por tres magistrados.
“Si el caso llega hasta la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), puede llegar a sentar precedentes importantes porque hasta ahora no se ha sentado ninguno que tenga que ver con empresarios que hagan negocios con empresas e interés público”, explica el abogado Sergio Méndez Silva.
Implicaciones de la sentencia
- Irma Eréndira Sandoval, doctora en ciencia política, especialista en combate a la corrupción y rendición de cuentas adscrita al Instituto de Investigaciones Sociales de la UNAM
Estamos ante un uso faccioso de la ley. Lamentablemente, es un episodio más de este tipo de ejercicios ilegales que se están volviendo costumbre. Es una prueba más de cómo nos hemos ganado a pulso el deshonroso lugar de ser el país más peligroso para el ejercicio periodístico en el orbe. La sentencia de la señora jueza es para servir a los intereses de poderosos empresarios.
Ahora, los juzgados, los jueces y juezas se van a poner por encima de la mesa de redacción de cualquier medio de comunicación. Es un impacto social terrible precisamente para la libertad de expresión. Con esta sentencia, la jueza dice que los periodistas no pueden publicar hasta que no se demuestre judicialmente que hubo actos ilegales o indebidos, y eso limita el corazón mismo del periodismo de investigación.
Es absurdo decir que las cosas relacionadas con Pemex no son de interés público. Es una muestra más de un proceso que ya tiene varios años en nuestro país: hacer uso faccioso de la ley a favor de los poderes fácticos y de las mafias de poder. Es ominoso el precedente configurado en la sentencia. Es un atentado terrible para la libertad de expresión y el libre ejercicio de los derechos fundamentales.
- Doctor Miguel Concha Malo, director General del Centro de Derechos Humanos Fray Francisco de Vitoria
Es una agresión; se trata de una intimidación violatoria del derecho a la libertad de expresión y al derecho a la información de la sociedad, utilizando demandas “legales” para inhibir información sobre personalidades que son del ámbito público.
Hay un derecho social a la información, hay un derecho personal y también institucional y profesional a la libertad de expresión y no se puede, en un estado de derecho, pretender intimidar y amenazar a los y las periodistas y a los medios con medidas chabacanas de hace 10, 15 y 20 años. Con esta sentencia, se le quita a la sociedad un derecho fundamental, el derecho a la información.
- Cynthia Cárdenas, consultora legal de la Oficina de México y Centroamérica de la organización internacional Artículo 19
La sentencia es absurda. La jueza no se ajusta adecuadamente a los principios de legalidad porque utiliza fundamentos de derecho indistintamente. No motiva, no argumenta y no sustenta por qué se condena por daño moral a la revista y a los periodistas. No existe motivación o argumentación de cuál es la afectación que pudo haberse dado por estas publicaciones, sino simplemente las califica de ilícitas sin hacer un mayor análisis.
La jueza impone un estándar a quienes ejercen el periodismo al determinar que deben probar la veracidad de la información, siendo que esto es contrario a los estándares internacionales. Además, determina qué es de interés público y claramente establece que la petroquímica no amerita y no es de interés para la sociedad, siendo que la petroquímica y Petróleos Mexicanos son estratégicos para el desarrollo nacional.
La sentencia es grave porque niega a la sociedad el derecho de estar informada; niega la transparencia; está a favor de la opacidad y definitivamente obstaculiza la rendición de cuentas. Es un peligroso precedente para el derecho a la libertad de expresión. Una sentencia de este tipo evidentemente tiene un efecto pluriofensivo e inhibidor en los demás medios y periodistas, al considerar que pudieran ser sujetos de una sentencia similar. Se está castigando el ejercicio periodístico. Este tipo de sentencia es una manera de censura indirecta.
- Luis González Placencia, presidente de la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal
La sentencia es relevante por las implicaciones que tiene en el derecho a la libertad de expresión, el cual no debe quedar obstaculizado. No podemos meternos en asuntos jurisdiccionales. Sin embargo, sí nos importa que todo el proceso esté clarísimo y que la resolución final sea clara, técnica y justa.
Haremos el acompañamiento como defensores de derechos humanos que somos y por la relatoría que opera en la comisión de defensa a periodistas. Verificaremos que el proceso esté bien custodiado.
- Jaqueline Sáenz Andujo, coordinadora del Área de Defensa Integral del Centro de Derechos Humanos Miguel Agustín Pro Juárez
Es muy preocupante no sólo la resolución de la sentencia, sino todo el contexto. Ha sido un constante acoso judicial en contra de la revista, donde los juzgadores ponderan con un estándar totalmente ajeno a los estándares de derechos humanos.
La sentencia pretende un efecto disuasivo en el resto de los compañeros y compañeras que ejercen el periodismo. Este tipo de resoluciones amedrenta y limita el ejercicio periodístico. Busca evitar que se realicen este tipo de reportajes, artículos, escritos, que eventualmente son una manera de fortalecer el estado de derecho, el estado democrático, donde la sociedad pueda estar informada de todo lo que sucede.
- Bidulfo Rosales Sierra, coordinador del Área Jurídica del Centro de Derechos Humanos de la Montaña Tlachinollan
Es muy preocupante la resolución que emitió la jueza. No se apegó a los principios de imparcialidad e independencia; privilegió a la clase empresarial en lugar de observar y conservar íntegro el derecho a la libertad de expresión y el trabajo de los periodistas. Es evidente que la resolución no está considerando y no está priorizando la libertad de expresión como piedra angular en las sociedades democráticas.
Lo que se pretende hacer con esta condena por daño moral es acallar las voces de los periodistas, del trabajo de los comunicadores, censurar el trabajo profesional. Es irónico que la jueza diga en uno de sus considerandos que las licitaciones de Pemex no son de interés público; eso es inadmisible. Todos los ciudadanos de México necesitamos de esa información: saber qué es lo que está pasando, qué ocurrió con las licitaciones. Esta sentencia anula el derecho a la información que tenemos todos los ciudadanos, en su dimensión individual y social, tal como lo señala la Corte Interamericana de Derechos Humanos y la Comisión Interamericana.
- Gubidcha Matus Lerma, titular del área de Comunicación Social y vocero del Centro de Derechos Humanos Fray Bartolomé de las Casas
Han habido intentos de coartar la libertad de expresión. Este tipo de sentencias, muy exageradas y fuera de todos los mecanismos internacionales y nacionales que existen sobre libertad de expresión, afectan directamente el ejercicio periodístico y la libertad de expresión. Consideramos que estas resoluciones no atienden el marco internacional que ha promovido directamente la ONU y la Comisión Interamericana.
Hay muchos casos de éstos en México y consideramos que lo que buscan es callarlos. Los medios alternativos, ciudadanos, comunitarios y libros son una línea de la sociedad para enterarse de lo que sucede, en comparación de los medios tradicionales que tienen algún tratocon quienes tienen el poder y el dinero.
- Gerardo Sauri Suárez, relator para la Libertad de Expresión de la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal
Casos como el de Contralínea muestran que si no es a través de un análisis de carácter periodístico, no se da a conocer cierta información que presiona a las autoridades para que ejerzan sus funciones. Esta actividad ha sido atacada con figuras como la de daño moral.
Lo que los estándares internacionales plantean, sobre todo algunas sentencias de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, es que los particulares que intervienen en el ejercicio del gasto público tienen que transparentar sus movimientos. Por lo tanto, una investigación periodística no puede causar un daño moral porque lo que está haciendo el periodista es informar sobre cómo se está ejerciendo un gasto público, independientemente de que esto sea dentro de las empresas paraestatales o privadas.
Esta resolución del caso Contralínea puede tener como efecto secundario que esta figura de daño moral se siga legitimando en el país. Tiene un impacto directo en el tipo de investigación periodística que una sociedad democrática puede aspirar, es decir, a estar informados y que la prensa acceda a la información necesaria para mostrar aquellos vacíos que hay en el ejercicio del gasto público.
Es importante que las resoluciones en materia de la libertad de expresión partan de principios establecidos dentro de los ordenamientos jurídicos; uno de ellos es que un derecho no puede garantizarse vulnerando otro.
- Miguel Ángel Granados Chapa, periodista
Con esta sentencia, se lesiona la libertad de expresión porque, primero, aplica una disposición obsoleta que siempre fue cuestionada: el daño moral como resultado de un hecho ilícito aplicado a los medios de comunicación. Publicar no es un hecho ilícito. Desde el principio, fue una contrahechura, una disposición arbitraria que tuvo que ser combatida desde el origen.
Y luego, en particular, esta sentencia, que todavía está por analizarse en la apelación, tiene una definición de interés público que, de ser admitida, inhibiría por completo el trabajo periodístico. El interés público es una zona muy dilatada en la que cabe toda la actividad gubernamental, la actividad política, la actividad de los órganos de la administración descentralizada, toda la vida pública; de modo que el criterio jurídico con el que establece la jueza lo que es el interés público es torpe e ignorante: se basa en un diccionario desconocido que no tiene autoridad y aun si la tuviera, no corresponde con la realidad periodística.
Además de combatir la sentencia en sus términos, porque se trata de aplicarle una sanción a los periodistas como si fueran autores o causantes de un hecho que produce un daño moral, hay que combatir la idea de que el interés público es el campo restringido que propone la jueza. Igualmente, hay que proclamar la persistencia de la ley en defensa de la reputación vigente en el Distrito Federal por encima del Código Civil, que en parte ya fue derogado y, desde el principio, es una aberración legal.
Para los periodistas, esta sentencia es un riesgo, una amenaza permanente. Es parte de una tendencia que ha venido constituyéndose desde diversos focos para acosar a los practicantes del periodismo, para sujetarlos a procedimientos civiles que son agotadores, onerosos, que nos exponen a penas difíciles de cubrir, además del costo mismo de los procedimientos. El acoso judicial se ha convertido en un instrumento contra la libre expresión y contra los periodistas, que son los practicantes de ese derecho.
Todos los periodistas debemos ver en cada caso de demanda por daño moral, o en cada proceso penal o civil que se instaure contra los periodistas, una causa propia. Si le pasa a alguien, es como si nos pasara a cada quien. Por eso es menester que tengamos solidaridad frente a periodistas que específicamente enfrentan problemas en los tribunales.
- Eduardo Huchim, periodista
Es una atrocidad jurídica que revela la ineptitud de la jueza o algo peor. Es, también, muestra de una creciente judicialización que está afectando a los periodistas, sobre todo de prensa escrita. Por ello es lamentable la falta de solidaridad de la mayoría de los medios, cuyos directivos parecen no darse cuenta de que, más pronto que tarde, ellos también serán víctimas de lo que ahora se niegan a combatir.
- Álvaro Cepeda Neri, periodista
Esta sentencia es gravísima. Busca implantar censura previa sobre la información y, de paso, violar el artículo 6 constitucional y su ley reglamentaria. Con la sentencia de la jueza 54, el periodismo mexicano tiene encima la peor embestida a las libertades de prensa, con la que se estaría incubando el huevo de la serpiente del neofascismo golpista contra los derechos humanos de los periodistas y de todos los mexicanos.
En el caso de las revistas Contralínea y Fortuna, lo más grave para el periodismo y sus libertades constitucionales es la temeraria, antidemocrática y fascista disposición de prohibir que los medios de comunicación sigan publicando información sobre el tema y sobre Pemex. Se trata de una conducta judicial propia de un régimen despóticamente autoritario, ya que la jueza de marras, además, impuso a esa libertad jurídica una inquisición judicial que amenaza al periodismo en general.
- José Reveles, periodista
Todo mundo, cuando lee la sentencia, se espanta. La jueza 54 de lo Civil, Yassmín Alonso Tolamatl, se hace parecer como una ignorante, como si no conociera las leyes, y se da el lujo de citar un diccionario en vez de citar la ley. Es absurdo. Ella finge que ignora la ley para forzarla en atención a lo que, yo supongo, sería una relación perversa, corrupta con quienes están iniciando esta embestida legal contra Contralínea, Fortuna y los periodistas. No es un asunto que se restringe al caso Contralínea porque va a sentar un precedente con el que cualquier juzgador, sea ignorante o mal intencionado o las dos cosas, pueda someter al periodista a una sentencia totalmente inquisitorial que prohíba volver a mencionar a las personas que demandaron e impida hablar de un tema por su “complejidad”.
El colmo del dictamen es cuando establece que aunque las licitaciones se hacen con dinero del erario, no son de interés público. Más que ineficaz, más que desconocedora, más que ignorante, esta sentencia es perversa: trata de establecer un precedente para el resto de los periodistas que se atrevan siquiera intentar el escrutinio de lo que hace el gobierno. De nada sirvió sacar los delitos de difamación, calumnia y contra el honor del ámbito penal y pasarlos al civil. Todavía está la espada de Damocles no sólo desde el punto de vista monetario, sino que te tienen amenazado, porque no es nada más la demanda, la molestia de acudir a los juzgados, es el hostigamiento personal, telefónico, a las familias, el seguimiento y la incomodidad de trabajar con normalidad. Te están diciendo ‘no te metas’; entonces, mejor dedícate a vender paletas.
- David Peña, abogado
Se trata de restringir el ejercicio periodístico, la libertad de expresión de los periodistas y, lo más grave, la libertad de información. Los periodistas y las revistas son un medio de comunicación, un canal a través del cual la sociedad se entera de determinada información. Los jueces se están asumiendo como censores, pero también como vigilantes de esta información; ellos son los que determinan cual información sí se debe publicar y cual no.
En caso de que se confirme la sentencia en la Sala, la interposición del amparo se podría llevar a la Suprema Corte. La importancia de que conozca el caso tiene que ver con esta definición de los alcances o los límites de la libertad de expresión. La Corte, en sus resoluciones de los últimos cinco años, ha venido facilitando que el ejercicio de la libertad de expresión y de información no tenga tantas sanciones ni restricciones.
- Sergio Méndez Silva, abogado, coordinador del Área Jurídica de la Comisión Mexicana de Defensa y Promoción de los Derechos Humanos
La jueza aplica una ley que está derogada. Desde que existe la Ley de Responsabilidad Civil para la Protección del Derecho a la Vida Privada, el Honor y la Imagen Propia en el Distrito Federal, todos los casos que tienen que ver con el presunto abuso de la libertad de expresión tienen que analizarse a partir de esta ley y no a la luz del artículo 1916 del Código Civil.
La jueza deja de considerar criterios establecidos por la Suprema Corte de Justicia de la Nación, como el particular sobre los empresarios que de manera voluntaria se dedican a temas de interés público porque hacen negocios con una empresa del Estado, Petróleos Mexicanos, con lo que se equiparan a los servidores públicos. Por ello tienen que ser especialmente tolerantes con la crítica que se realiza a su trabajo profesional.
La veracidad, lo ha dicho la SCJN, es que el trabajo periodístico cuente con un sustento en la realidad. Los periodistas tienen que emplear fuentes de información que realmente existen. Sólo cuando no existen esas fuentes y se inventan de la nada, se podría decir que lo que publican no es veraz. El hecho de que la jueza confunda el término verdad con el de veracidad e imponga a los periodistas la carga de decir la verdad vuelve el trabajo periodístico imposible de realizar, porque es imposible que la opinión de alguien corresponda con la opinión de los demás. La jueza pretende que los reportajes periodísticos coincidan con la verdad oficial, es decir, con la resolución que eventualmente pudiera emitir la autoridad.
- Laura Itzel Castillo Juárez, diputada por el Partido del Trabajo, integrante de la Comisión de Equidad y Género y de Energía
Se está prohibiendo la libertad de expresión, lo que es característico de los regímenes fascistas. La sentencia es una regresión para el país. Sienta un precedente nefasto que suprime, en la práctica, el derecho a la información. La lucha por el derecho a la libertad de expresión ha llevado muchos años en nuestro país y ha costado mucha sangre.
La labor del periodista, hoy en día, es una de las más peligrosas que existen en el país. Si a esto le aderezamos que hay jueces que dictan sentencias tan aberrantes como ésta, realmente es muy preocupante para toda la nación.
La jueza está promoviendo la corrupción. Está promoviendo la opacidad, porque además está planteando una censura a futuro. Está dando una patente de corso para seguir saqueando a Pemex al excluirla del escrutinio público. El proceso de privatización que ha vivido nuestro país ha llegado directamente a la Cuenta Pública.
- Agustín Castillo Guerrero, diputado por el Partido de la Revolución Democrática; secretario de la Comisión Especial de Seguimiento a las Agresiones contra Periodistas y Medios de Comunicación
Esta resolución nos coloca en la década de 1970, cuando el Estado verificaba el contenido de lo que se escribía, de lo que se decía, de lo que se pensaba; ahora hasta de lo que se dibuja. Es un regreso a la línea dura, al control de los medios; es anular de un plumazo todos los avances democráticos, el reconocimiento que se ha dado al libre ejercicio del periodismo, a la libertad de expresión, al derecho a la información.
Quiero creer que es una resolución que obedece a una ignorancia, porque así lo exhibe la propia juez, y no a un asunto de consigna.
- Enoé Margarita Uranga Muñoz, diputada por el Partido de la Revolución Democrática; secretaria de la Comisión de Derechos Humanos e integrante de la Comisión de Justicia
Sin duda alguna, estamos ante el intento de acallar una voz, de censurarla. Es absurdo, por ejemplo, que parte de la sanción sea que los periodistas no tengan derecho, incluso a futuro, a hablar del tema. Es un antecedente gravísimo. Es una forma institucionalizada de censura que atenta contra una de las principales garantías establecidas en la Constitución y que pone en una situación de retroceso al país, en términos de la censura del Estado hacia los medios de información.
- Pedro Jiménez de León, coordinador de la bancada de Convergencia en la Cámara de Diputados
Se trata de una muy grave sentencia porque atenta contra la libertad de expresión. Además, todos los asuntos que tienen que ver con la administración pública, como es el caso de las licitaciones de la paraestatal, deben ser ventilados. Siempre he preferido que se peque de exceso a que tengamos que imponer límites que nos lleven al autoritarismo.
- Alejandro Encinas Rodríguez, coordinador de la bancada del Partido de la Revolución Democrática en la Cámara de Diputados
La sentencia representa una ofensiva de los sectores más conservadores en contra de la libertad de prensa, la libertad de expresión y el periodismo libre e independiente en México. El objetivo es acallar voces para que la prensa mexicana responda a los intereses del poder y no a los de la ciudadanía.
- Rosario Ibarra, presidenta de la Comisión de Derechos Humanos del Senado de la República
Con una sentencia de esta naturaleza, hay peligro de que se pierda el valor del periodismo de denuncia que ha habido en el país. Se pretende coartar las expresiones de los medios que discrepan del poder; porque cuando el poder viola las leyes y los derechos de los ciudadanos, hay que denunciarlo.
- Edgar Elías Azar, presidente del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal
La sentencia dictada por la jueza está sub judice, es decir, no está firme todavía, por consecuencia yo estoy totalmente inhibido de poder expresar opiniones en torno a una sentencia porque yo no la puedo prejuzgar. Esta sentencia fue apelada, hasta donde tengo entendido; ya tiene una sala del Tribunal Superior asignada, y tan pronto la Sala resuelva en definitiva cuál es la posición del Tribunal en esa materia, entonces sí el presidente del Tribunal se podrá pronunciar.
Desde luego, tengo comentarios; he leído algunas cosas con las que pudiera no estar de acuerdo por el momento. Pero no soy quién para juzgarla porque no resuelvo asuntos, yo simplemente soy la voz del Tribunal y lo represento
Estaremos muy pendientes, vamos a ver a qué sala le corresponde, le haremos llegar a esa sala todos los tratados internacionales y tendremos que defender la posición del Tribunal cualquiera que sea ésa.

Carmen Aristegui, fuera de MVS
La redacción
MÉXICO, D.F., 7 de febrero (apro).- La periodista Carmen Aristegui ya no conduce la primera emisión de MVS Noticias. En su lugar apareció esta mañana el conductor Ezra Shabot.
La salida de Aristegui fue confirmada ayer domingo en twitter por su colaboradora Kirén Miret quien escribió: "Supongo que (Carmen) lo explicará cuando lo considere pertinente".
En la página web de la empresa fue retirada toda mención a Carmen Aristegui. Se mantienen solamente los anuncios de la segunda y tercera emisión de noticias que conducen Luis Cárdenas y Ezra Shabot.
De acuerdo con la periodista Lydia Cacho, el despido de Aristegui habría sido por negarse a leer al aire una carta de disculpa escrita directamente en Los Pinos luego de solicitar a Los Pinos contestara oficialmente si Felipe Calderón tenía o no un problema de alcoholismo.
De acuerdo con mensajes en Twitter de Lydia Cacho, integrantes del staff de Carmen Aristegui habrían confirmado esta versión.
"Me confirma staff de #Aristegui.Presidencia exigió que Carmen leyera carta de disculpa a Calderón.Vargas se dobló Carmen NO", escribió Cacho en Twitter.
"Hablé por teléfono con ellas: staff de #Aristegui.la carta de disculpa fue escrita en Los Pinos,Carmen no accedió a leerla al aire" agregó en otro mensaje.
El viernes pasado Aristegui comentó al aire la nota sobre la manta que legisladores del PT exhibieron en la Cámara de Diputados y en la que aludían al presunto alcoholismo del presidente Felipe Calderón.
En su comentario de ese día, la periodista dijo que no era la primera vez que se mencionaba el tema públicamente y que de hecho en las redes sociales era un asunto que se tocaba de manera recurrrente.
Para Aristegui el tema tan merecía tratarse con seriedad que emplazó esa mañana al gobierno federal a responder oficialmente la pregunta de si el presidente Felipe Calderón tenía o no problemas de alcoholismo. Esto fue lo que dijo en esa ocasión:
“No es la primera vez que se habla de este tema, de un presunto alcoholismo de Felipe Calderón. Si usted es usuario de las redes sociales –por ejemplo–, pues en ese circuito de comunicación de la sociedad mexicana es frecuente ver expresiones que aluden a esa circunstancia que no podemos corroborar (...)
“Debería realmente la propia Presidencia de la República dar una respuesta clara, nítida, formal al respecto. No hay nada de ofensivo –me parece– cuando alguien, si es que fuera el caso, atravesara por un problema de esta naturaleza (...)
“¿Tiene o no Felipe Calderón problemas de alcoholismo? Esto merece, insisto, una respuesta seria, formal y oficial de la propia Presidencia de la República.”
Carmen Aristegui se incorporó a MVS en enero de 2009. Antes fue despedida de W Radio, propiedad de Televisa y la empresa española Prisa, en enero de 2003, por presiones del gobierno calderonista, según contó la propia periodista a la revista Proceso.
El retiro de Aristegui del noticiero MVS ocurre cuando a esa empresa no se le han renovado las concesiones de sus estaciones.
Informes internos de MVS revelan que las razones tuvieron que ver con presiones desde la presidencia de la República, que expresó su descontento ante la pregunta que lanzó la conductora el pasado viernes 4 de febrero a las 9 de la mañana: “¿Tiene o no Felipe Calderón un problema de alcoholismo?”.
Durante esa emisión Aristegui informó sobre una manta desplegada el jueves 3 de febrero en la tribuna de la Cámara de Diputados que hacía referencia a los problemas con el alcohol del primer mandatario. La conductora exhortó a que fuera la propia presidencia de la República la que respondiera “de manera seria” a este tipo de rumores que se han divulgado en redes sociales y en la propia Cámara de Diputados.
El despido de Aristegui fue, al parecer, la manera de responder de la Presidencia de la República. La conductora se negó leer una disculpa pública, cuyo texto respondió más a las presiones de Los Pinos que a razones de código de ética.
Por cierto, dicho código al que alude la empresa fue llevado por la misma Aristegui cuando se integró a MVS, después de un año de quedar fuera del aire, a raíz de otro caso de censura, pero con la empresa WRadio, de Televisa.
En ambas emisiones matutinas, el noticiero de Aristegui fue líder en audiencias dentro de la radio comercial. El último reporte sobre el promedio de ratings, tanto de la empresa INRA como de IBOPE le daba el primer lugar en el horario matutino.
Por ejemplo, en diciembre de 2010 su rating promedio fue de 0.62 frente al 0.51 de la emisión de Oscar Mario Beteta y el 0.45 de Ricardo Rocha/Eduardo Ruiz Healy. En cuarto sitito aparece Leonardo Curzio con 0.45. Los cuatro en emisiones de FM.
En encuesta a automovilistas, el INRA ubicó a Aristegui como la más escuchada, seguida de 88.9 Noticias de Alejandro Cacho.
Las presiones a MVS están relacionadas también con la discusión sobre el refrendo de sus concesiones en la banda 2.5 Ghz. Esta empresa tiene 190 Mhz en esta banda que es considerada ahora una de las más valiosas para el internet en banda ancha.
Reacción en redes sociales
Desde la noche del domingo 6 de febrero, al darse a conocer la noticia a través de Twitter, cientos de usuarios de las redes sociales expresaron su descontento por el despido de Aristegui. En Facebook se creó la red “Apoyo Total a Carmen Aristegui” y convocó a una movilización de protesta este lunes 7 de febrero, a las 12 del día, frente a las instalaciones de MVS.
Uno de los mensajes en Twitter más divulgado fue el siguiente: “Vaya @FelipeCalderon sí puede acusar de narcos a los gobernadores, pero a él no se le puede preguntar si bebe”.
Otro fue el siguiente: “Piensan en Los Pinos que matando al mensajero se acaba el mensaje crítico. Solidaridad con Aristegui”.
Y más perspicaces: “Con la salida de Aristegui va implícita la respuesta afirmativa al alcoholismo de @FelipeCalderon”.
Decenas de mensajes recordaron que ésta era la forma de celebrar el Día de la Constitución y de violentar la libertad de expresión y el derecho a la información.
En su emisión matutina en Radio UNAM el columnista Miguel Angel Granados Chapa calificó como “lamentable noticia” la salida de Aristegui de MVS Radio, ya que la reportera representa una “voz emblemática”.
Hasta el momento, Aristegui no ha dado su versión sobre los sucesos.

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